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Reservas de dominio |
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Un dominio es una forma sencilla de localizar un ordenador en Internet y además, garantiza la propia identidad. Los dominios se utilizan para que los usuarios accedan con mayor facilidad a los servicios ofrecidos a través de Internet. En la Red el dominio actúa como dirección y escaparate de la empresa para todo aquel que disponga de una conexión a Internet. Con la expansión de Internet en el mundo comercial, las empresas empezaron a utilizar el dominio como una especie de marca. Desde entonces es práctica habitual entre las empresas registrar el nombre comercial de la empresa, o las marcas de sus productos o servicios.
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Dominios genéricos Los Dominios Genéricos (también denominados internacionales) están organizados por tipos y son los dominios básicos en Internet. Tienen tres letras, y son los dominios:     .com , para empresas comerciales de ámbito mundial.     .org , para organizaciones.     .net , para empresas relacionadas con Internet.
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1.- El nombre .es hace referencia a España , mientras que .com hace referencia a comercial , sin por ello especificar ningún país en concreto. Son dos jerarquías distintas, la de países y la de actividades. Si se trata de una empresa de actividad exclusivamente nacional puede que sea más conveniente el dominio .es, si su sitio web puede ser de interés para visitantes de otros países, sin duda le conviene un .com. 2.- El tiempo que tardan en concederlo. Los dominios genericos tardan del orden de uno o dos días en concederse, mientras que los .es normalmente tardan más, aunque últimamente se ha mejorado bastante el servicio. 3.- Las restricciones. Los dominios genéricos no tienen restricciones. El primero que pida el dominio y pague por él se lo queda. |
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Dominios territoriales Los Dominios Territoriales (también denominados geográficos) son los dominios mantenidos por cada país. Estos dominios territoriales son utilizados por las organizaciones y empresas que desean establecerse en Internet o que quieren proteger la identidad de su marca o su nombre comercial en un país concreto. Los dominios territoriales tienen dos letras:     .es , para los dominios españoles.     .fr , para los dominios franceses.     .it , para los dominios italianos.     ...
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1.- El nombre .es hace referencia a España , mientras que .com hace referencia a comercial , sin por ello especificar ningún país en concreto. Son dos jerarquías distintas, la de países y la de actividades. Si se trata de una empresa de actividad exclusivamente nacional puede que sea más conveniente el dominio .es, si su sitio web puede ser de interés para visitantes de otros países, sin duda le conviene un .com. 2.- El tiempo que tardan en concederlo. Los dominios genericos tardan del orden de uno o dos días en concederse, mientras que los .es normalmente tardan más, aunque últimamente se ha mejorado bastante el servicio. 3.- Las restricciones. Los dominios .com no tienen restricciones. El primero que pida el dominio y pague por él se lo queda. Los dominios .es tienen algunas restricciones:   .: Los de segundo nivel (.es) sólo los pueden obtener:     - Las personas físicas españolas o extranjeras que residan en España.     - Las entidades con o sin personalidad jurídica constituidas conforme a la legislación española.     - Las primeras sucursales de sociedades extranjeras inscritas en el Registro Mercantil.     - Los Órganos Constitucionales, el Defensor del Pueblo, el Consejo de Estado y el Tribunal de Cuentas, las Administraciones Públicas españolas y las entidades de Derecho Público con personalidad jurídica propia, así como los Departamentos Ministeriales y Consejerías de las Comunidades Autónomas.     - Las embajadas y consulados extranjeros acreditados en España y las organizaciones internacionales a las que España pertenezca.   .: Los nombres de tercer nivel; “.com.es”, “.nom.es”, “.org.es”, “.edu.es” y “.gob.es” los pueden obtener:     - Bajo el indicativo “.com.es” : Podrán solicitarlo las personas físicas o jurídicas y las entidades sin personalidad que mantengan vínculos con España.     - Bajo el indicativo “.nom.es” : Podrán solicitarlo las personas físicas que mantengan vínculos con España.     - Bajo el indicativo “.org.es” : Podrán solicitarlo las entidades, instituciones o colectivos con o sin personalidad jurídica y sin ánimo de lucro que mantengan vínculos con España.     - Bajo el indicativo “.gob.es” : Podrán solicitarlo las Administraciones Públicas españolas y las entidades de Derecho Público de ella dependientes.     - Bajo el indicativo “.edu.es” : Podrán solicitarlo las entidades, las instituciones o colectivos con o sin personalidad jurídica que gocen de reconocimiento oficial y realicen actividades relacionadas con la enseñanza o la investigación en España. |
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